Home Habilitación Sectorial a las Asociaciones Sin Fines de Lucro (ASFL)

Procedimiento para la Habilitación de Asociaciones Sin Fines de Lucro (ASFL) por ante este Ministerio de la Vivienda y Edificaciones (MIVED).

Objetivo:

Estandarizar y dar cumplimiento al procedimiento para la habilitación de las Asociaciones Sin Fines de Lucro (ASFL), conforme a lo dispuesto en la Ley 122-05 y su reglamento de aplicación 40-08.

Alcance:

Este documento aplica a todas las Asociaciones Sin Fines de Lucro (ASFL) que presentan solicitud de habilitación, al Ministerio de la Vivienda, Hábitat y Edificaciones (MIVHED) a través del Sistema Integrado de Gestión de las Asociaciones Sin Fines de Lucro (SIGASFL).

Habilitación: es una resolución administrativa emitida por el ministerio u organismo responsable de la rectoría de un sector de políticas públicas. Mediante la licencia de habilitación sectorial se certifica que una asociación sin fines de lucro (ASFL) cumple con los requisitos normativos y operativos necesarios para poder desarrollar las actividades o entregar los servicios de interés social que ofrece, según los estándares de calidad y seguridad establecidos por la institución pública a la que se vincula programáticamente la ASFL en función de la naturaleza y enfoque temático de los programas y proyectos que desarrolle. (Art. 138 Reglamento Núm. 40-08).

Presentación de la solicitud de habilitación

Las ASFL que no disponen de licencia de habilitación, o aquellas ASFL cuyas licencias de habilitación se encuentren vencidas o hayan sido revocadas de manera definitiva, deberán solicitarla a través del SIGASFL, accediendo al módulo de “Solicitud de Habilitación Sectorial.” La solicitud debe estar dirigida a la sectorial u órgano competente para evaluar y supervisar los programas, proyectos e iniciativas gestionados por la ASFL interesada en recibir la licencia de habilitación.

Requisitos para presentar solicitud de habilitación

La solicitud de licencia de habilitación debe estar acompañada de los siguientes documentos:

  • Resolución de Incorporación y/o Resolución de Modificación Estatutaria (completa), expedida por la Procuraduría General de la República o Corte de Apelación correspondiente.
  • Relación de membresía, actualizada, con los datos generales: nombres, nacionalidad, profesión, número de la cédula de identidad y electoral o pasaporte y dirección domiciliaria (Debidamente registrada por ante el Registro Civil y Conservaduría de Hipotecas del Ayuntamiento y la Procuraduría General de la República o Corte de Apelación correspondiente).
  • Informe o Memoria de las actividades desarrolladas desde su fundación al último año fiscal, en orden cronológico, indicando: fecha de ejecución, breve descripción del programa o actividad, sector del proyecto (Ej.: Salud, Educación, Deporte, etc.), población beneficiaria y cantidad aproximada, comunidad o zona impactada, colaboradores, donantes y/o lo que corresponda.
  • Estatutos Sociales (Debidamente registrados por ante el Registro Civil y Conservaduría de Hipotecas del Ayuntamiento y la Procuraduría General de la República o Corte de Apelación correspondiente).
  • Certificado del Registro Nacional de Incorporación (RNI), expedido por la Procuraduría General de la República o Corte de Apelación correspondiente.
  • Certificado de registro de nombre comercial vigente, expedido por la Oficina Nacional de la Propiedad Industrial (ONAPI).
  • Acta o certificación del Registro Nacional de Contribuyente (RNC).
  • Acta de asamblea vigente que designe o ratifique al Consejo de Administración o la Junta Directiva (Debidamente registrada por ante el Registro Civil y Conservaduría de Hipotecas del Ayuntamiento y la Procuraduría General de la República o Corte de Apelación correspondiente) y con las cédulas de identidad o pasaportes, escaneados de ambos lados
  • Estados financieros del último período fiscal certificados por un Contador Público Autorizado. En el caso de las asociaciones comunitarias, conforme el tratamiento especial que les confiere la ley, los estados financieros podrán ser preparados por el personal responsable de estas funciones en la organización.
  • Certificación de la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), de que se encuentra al día en el pago de sus obligaciones tributarias.

Todos estos documentos deben ser cargados en la plataforma del  https://www.sigasfl.gob.do/  en formato PDF, legibles y con todos los sellos requeridos.